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Pro-Competencia sugiere ajustes al proyecto de ley sobre residuos sólidos con el fin de garantizar la competencia en el sector.
Santo Domingo. – El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Pro-Competencia) ha presentado a la Cámara de Diputados un informe que incluye una serie de recomendaciones sobre el proyecto de ley que propone modificaciones a la Ley núm. 225-20, la cual regula la gestión integral y el coprocesamiento de residuos sólidos. El objetivo de estas sugerencias es asegurar que se respete el principio de libre competencia y se garantice el derecho a la libertad de empresa.
Entre las recomendaciones de Pro-Competencia se encuentra la necesidad de reconsiderar la actual estructura monopolística a nivel regional. Para ello, se propone eliminar o modificar la disposición que limita la operación a un solo relleno sanitario por región, según indica el artículo 130, párrafo II, así como las restricciones contempladas en el artículo 133 del proyecto.
La presidenta del Consejo Directivo de Pro-Competencia, María Elena Vásquez Taveras, señaló que la existencia de un único relleno sanitario por región impide a los municipios contar con referencias para evaluar la calidad del servicio recibido, dificultando así la identificación de ineficiencias o deficiencias operativas.
Además, alertó que depender de un solo proveedor incrementa la vulnerabilidad del sistema ante posibles interrupciones operativas, ya que no habría alternativas disponibles en caso de emergencia. Esta situación también afectaría la capacidad de reacción ante aumentos significativos en la generación de residuos o en situaciones de emergencias ambientales.
“La obligación impuesta a los municipios de utilizar exclusivamente el relleno regional crea una relación de dependencia forzada, sin opciones legalmente disponibles”, destacó la presidenta del organismo.
Vásquez Taveras subrayó que esta limitación a un único relleno sanitario por región establece un monopolio legalmente protegido, eliminando por completo la competencia, tanto presente como futura, en el sector de la disposición final.
En su informe, Pro-Competencia también observa que la autorización para establecer plantas de valorización está supeditada a su instalación junto a rellenos sanitarios. Por ello, se recomienda modificar el artículo 116, párrafo I, para suprimir el requisito de que las plantas de valorización deban ser instaladas junto a un relleno sanitario.
“Esta exigencia representa una barrera de entrada injustificada que contraviene el principio de jerarquía en la gestión de residuos y limita la especialización eficiente. Las autorizaciones deben basarse exclusivamente en criterios técnicos y ambientales relacionados con la actividad de valorización”, señala el informe.
Además, Pro-Competencia sugiere eliminar las restricciones impuestas a las plantas de valorización existentes, recomendando la derogación de la prohibición establecida en el artículo 116, párrafo II, que impide a estas plantas gestionar residuos en regiones donde ya opera un relleno sanitario.
Esta disposición tiene un efecto retroactivo sobre los operadores ya establecidos, compromete las inversiones realizadas y vulnera el derecho de los generadores de residuos a gestionar sus desechos. La regulación debería, en su lugar, establecer criterios técnicos específicos para el tratamiento de cada tipo de residuo, permitiendo que cualquier operador que cumpla con estos estándares pueda acceder al mercado, señala la institución.
Además, sugiere reducir la duración mínima de los contratos de operación. Por lo tanto, recomienda modificar el artículo 38, numeral 4, con el fin de acortar el plazo de los contratos de 10 años a un periodo más razonable de entre 3 y 5 años, con la opción de extensión siempre que se cumplan indicadores de desempeño predefinidos.
Pro-Competencia también aboga por eliminar la discriminación hacia las plantas de reciclaje de plásticos. Para ello, propone modificar el artículo 140, párrafo III, eliminando la exclusión específica de estas plantas de los pagos del fideicomiso.
“Esta discriminación no tiene justificación técnica ni económica, y crea una distorsión significativa en el mercado de valorización. El marco regulatorio debería establecer criterios objetivos que determinen qué actividades califican para recibir pagos, evitando así discriminaciones arbitrarias entre sectores que realizan funciones equivalentes”, detalla el informe.
Por último, sugiere la realización de un estudio de impacto económico en relación con el aumento de las contribuciones. Pro-Competencia plantea que, antes de implementar los incrementos propuestos en el artículo 36, se debe llevar a cabo un análisis exhaustivo que evalúe la capacidad contributiva real de los distintos segmentos del mercado, los efectos sobre la estructura competitiva y la eficacia del sistema para alcanzar los objetivos ambientales.
Adicionalmente, propone considerar un esquema de implementación gradual que facilite la adaptación paulatina del mercado a las nuevas condiciones contributivas.
La presidenta de Pro-Competencia advirtió que la suma de estas barreras podría crear un entorno desfavorable para la innovación y el emprendimiento en un sector que necesita una evolución tecnológica constante para hacer frente a los desafíos ambientales actuales.
En lo que respecta a la facultad de emitir opiniones técnicas, los artículos 14 y 31 de la Ley núm. 42-08 otorgan a Pro-Competencia la capacidad de emitir informes y recomendaciones sobre proyectos de ley y otras normativas que puedan afectar la competencia efectiva en los mercados. Este ejercicio en defensa de la competencia es crucial para asegurar que las nuevas regulaciones incluyan, desde su diseño, principios que promuevan la competitividad y eviten distorsiones en el mercado, contribuyendo así a forjar un marco normativo más sólido y eficiente.

