Mueren en el Senado 58 proyectos de leyes enviados a estudio de comisiones
- Vuelven a introducir modificación a Ley 87-01 de la Seguridad Social
SANTO DOMINGO, RD.- En el Senado de la República perimieron 58 proyectos de leyes en la pasada legislatura que concluyó el 26 de febrero del presente año, tras ser enviados a estudio de comisiones.
Entre esas iniciativas, conforme a una relación elaborada por la secretaría general del Senado, se encuentra el proyecto que modifica la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, sometido el 18 de febrero del 2020, el cual se volvió a introducir el 5 de marzo del presente año y enviado de nuevo a comisiones.
El pasado año, la propuesta fue colocada en agenda el 4 de marzo y tomada en consideración el 18 de ese mismo mes, cuando fue enviada a comisión. La pieza se volvió a colocar en agenda el 23 de septiembre, fecha en que se dio lectura al informe de gestión; el 18 de noviembre, se envió a una comisión bicameral para su estudio, donde volvió a sucumbir el 26 de febrero de este año 2021.
Igual suerte corrieron los proyectos de leyes para regular el indulto; sobre el divorcio; de libertad de reunión; de agua potable y saneamiento; de los recursos costeros y marinos, así como el que busca regular la práctica de béisbol de menores de edad y la contratación al profesionalismo.
También los anteproyectos sobre responsabilidad civil de los funcionarios públicos; de ejecución de sentencia del Tribunal Constitucional; el que crea el Colegio de Administradores Dominicanos y la dirección general de representación de los derechos de la víctima, entre otros.
Las piezas fueron depositadas en la Cámara Alta el pasado año 2020 y murieron luego de ser enviadas a estudio de las diferentes comisiones.
Las legislaturas son los períodos de trabajo legislativo. Pueden ser ordinarias o extraordinarias; la primera inicia el 27 de febrero y la segunda el 16 de agosto de cada año.
Conforme al Reglamento del Senado, los proyectos de leyes admitidos en una de las cámaras tendrán una vigencia de dos legislaturas ordinarias, bien sea en una o en ambas cámaras.
En caso de que transcurran dos legislaturas ordinarias a un proyecto de ley en una o en ambas cámaras sin que haya sido sancionado por el Pleno, el mismo se considerará como no iniciado.
Cuando las iniciativas son tomadas en consideración por el Senado de la República, pasarán a estudio, deliberación e informe de la comisión correspondiente en función de su competencia.